Importante: desde el martes 5 de noviembre las visitas a las exposiciones de la Colección MNBA en el segundo piso tendrán que ser planificadas. El aforo será de 40 personas. Debido a los trabajos en el edificio, las muestras ubicadas en ese sector solo se podrán visitar en los siguientes horarios: 10:00 a 12:00 y 16:00 a 18:00 hrs. Desde ya les agradecemos su paciencia.
Departamento de Autorización de Salida e Internación de Obras de Arte
IMPORTANTE
Creado en el año 1976 con el fin de dar cumplimiento a la Ley N° 17.236 que protege el patrimonio artístico nacional, se encarga de autorizar la salida del país de toda obra de arte: pintura, escultura, dibujo, grabados, fotografías y otros formatos realizados por artistas chileno/as o extranjero/as.
Las labores desarrolladas por este Departamento son:
- Certificados de autorización de salida de obras de arte
- Certificados de autorización de internación temporal de obras de arte en el contexto de actividades culturales
- Certificados de internación de obras de arte
- Investigación y documentación de obras de arte consideradas de interés patrimonial cuya salida-internación es solicitada
- Estadísticas de exportación e internación de obras de arte
- Archivo en construcción del Departamento de Autorización de salida e internación de obras de arte
- Capacitaciones en el marco de la Ley 17.236, Ley 19.128 y Convención contra el tráfico ilícito de bienes culturales Unesco 1970.
¿Cómo obtener un certificado?
Debes enviar un correo electrónico a salida.obras@mnba.gob.cl, indicando el certificado que necesitas gestionar. Te enviaremos un formulario de solicitud, el cual debes completar y luego reenviar al mismo correo.
La tramitación tiene una duración de cinco días hábiles, desde la recepción de la solicitud, hasta la entrega del certificado solicitado.
Más información sobre los certificados
- Autorización de salida de obras de arte: documento que autoriza la salida de todas las obras de arte que son exportadas fuera del país. Regulado por el artículo N°2 de la Ley N°17.236 y la Convención de la Unesco de 1970.
- Autorización de internación temporal de obras de arte en el contexto de actividades culturales: documento que autoriza la internación temporal de obras de arte en el contexto de exposiciones con fines educativos, culturales y/o artísticos. Regulado por el artículo N°3 de la Ley N°17.236 y la Convención de la Unesco de 1970.
- Internación de obras de arte: documento que autoriza la internación de obras de arte acogidas a franquicia aduanera establecida en el artículo 9, N° 2 de ley 19.128. Pueden postular a este beneficio, artistas y ciudadano/as chileno/as que internan obras de su autoría al país.
Encargado Departamento: Sebastián Vera
Correo electrónico: salida.obras@mnba.gob.cl
Teléfono: (56) 22 9978718.
Dirección: José Miguel de la Barra 650, Santiago.